Rob en acción

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jueves, 1 de agosto de 2013

Lo quiero en las leyes de mi pais para los infieles

En el derecho común, la alienación de los afectos es una acción de responsabilidad civil presentada por un cónyuge abandonado frente a un tercero acusado de ser responsable del fracaso del matrimonio. La parte demandada en una alienación del traje de afecciones suele ser la amante de un cónyuge adúltero, aunque los miembros de la familia, consejeros y terapeutas o miembros del clero que han asesorado a un cónyuge a solicitar el divorcio también han sido demandados por enajenación de afectos.

Historia y alcance

La alienación de los afectos se codificó por primera vez como un agravio por la legislatura del estado de Nueva York en 1864, y una legislación similar existía en muchos estados de EE.UU. a finales de los 19 y principios del 20. Desde 1935, este agravio ha sido abolida en 42 estados, incluyendo Nueva York. La alienación es, sin embargo, todavía se reconoce en Hawai, Illinois, Carolina del Norte, Mississippi, Nuevo México, Dakota del Sur y Utah.
La acción de la alienación de afecto no requiere prueba de las relaciones sexuales fuera del matrimonio. Una reclamación alienación es difícil de establecer, ya que está compuesto por varios elementos y hay varias defensas. Para tener éxito en una reclamación de la alienación, el demandante debe demostrar que el matrimonio implicaba amor entre los esposos, en cierto grado, el amor conyugal se hartó y se destruye, y la conducta maliciosa del acusado contribuyó o causó la pérdida de afecto. No es necesario demostrar que el acusado se dedicó a destruir la relación matrimonial, sino sólo que él o ella intencionalmente comprometido en actos que pudieran afectar previsiblemente en el matrimonio. Por lo tanto, el acusado tiene una defensa contra una reclamación de la alienación en que se puede demostrar que el acusado no sabía que el objeto de sus afectos, de hecho, se casó. No es una defensa que el cónyuge que no es inocente accedió a la conducta del acusado. Pero podría ser una defensa que el acusado no era el seductor activo y agresivo. Si la conducta del acusado fue de alguna manera inadvertida, el demandante sería incapaz de mostrar la acción intencional o maliciosa. Pero los problemas maritales anteriores no establecen una defensa a menos que dicha infelicidad había alcanzado un nivel de negación de amor entre los cónyuges.

CAROLINA DEL NORTE

En Carolina del Norte, la enajenación de afectos trajes están siendo perseguidos regularmente, con un estimado de 200 demandas al año presentó. Los tribunales a veces adjudicar grandes premios, con algunos casos en los últimos años, incluidos los premios de más de un millón de dólares. En marzo de 2010, Cynthia Shackelford ganó una demanda por $ 9.000.000 contra la supuesta amante de su marido. Otro caso, de la sentencia dictada a principios de septiembre de 2010, contaba con el segundo premio más alto en la historia de estos trajes. Dr. Lynn Arcara demandó con éxito a su antigua amiga, Susan Pecoraro, quien habría seducido marido de Arcara Pecoraro, mientras estaba de visita en la pareja en su casa de Carolina del Norte. Arcara se acercaba la fecha probable de parto de su hijo por nacer en el momento, la pareja de la primera, y su amiga, Pecoraro, habían venido a ayudar Arcara preparar la guardería del niño que pronto será nacido. El supuesto romance tuvo lugar en 2006, y el matrimonio terminó en 2007 - Abogado Cynthia Mills, quien representó Arcara, jugó el hecho de que Arcara había sido traicionado por su mejor amigo. El propio matrimonio de Pecoraro terminó en 2007, después de que el asunto había sido descubierto. En Carolina del Norte tales demandas pueden ser presentadas únicamente por una conducta anterior a la separación, aunque, antes de los cambios en la ley que entró en vigor en octubre de 2009, la responsabilidad civil de la conversación penal aplicado a la conducta posterior a la separación también. La legislatura de Carolina del Norte ha tenido en varias ocasiones proyectos de ley para abolir el agravio introducido, y se negó a hacerlo. 

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